Estado y religión en la Argentina

28-02-2012

Quienes son lectores habituales de este blog saben que uno de los temas que me obsesionan es el de la mezcla de referencias y símbolos religiosos en asuntos y espacios estatales. En la Argentina la mayoría de la gente ve como natural que haya un símbolo de una religión específica detrás del estrado de la Corte Suprema de Justicia o que se celebre como feriado nacional fechas de contenido religioso de un credo en particular.

Hace unas pocas semanas hubo otro ejemplo flagrante de esto, cuando en la sesión inaugural de la Cámara de Diputados de la Nación el nuevo Presidente del cuerpo, Julián Domínguez, colocó una figura de la Virgen a su lado en el lugar más prominente del recinto. Algunos diputados expresaron su rechazo, y sorprendentemente (o no!) solo un diario mencionó algo al respecto. Todos los principales periódicos argentinos no consideraron esto como noticia. La falta de rechazo en la sociedad a la actitud de Julián Domínguez es tan mala noticia como el hecho mismo.

Seamos claros: en su casa, o incluso en su despacho privado en el Congreso, Domínguez es libre de profesar el credo que le plazca y de llenar de imágenes religiosas todo el lugar si así lo desea. Pero cuando está actuando como representante del pueblo argentino en general y está ocupando un espacio público central a la vida ciudadana como el recinto de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, él no puede priorizar a su culto por sobre los demás. La Coalición Argentina por un Estado Laico presentó una protesta formal y preparó un texto para que quienes así lo deseen puedan enviárselo al Diputado Domínguez.

Cada vez que escribo sobre esto en el blog o en las redes sociales, gran parte de los comentarios me responden que no insista más con el tema porque la Argentina es un país católico, y para refrendar su postura citan erróneamente el Art. 2 de la Constitución Nacional que dice: «Artículo 2°- El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano.»

Pese a cierta ambigüedad en su redacción, ese artículo NO implica que la Nación tenga un culto oficial ni habilita a la exhibición de símbolos religiosos o la priorización de un culto por sobre los demás.

Por eso, para zanjar esta cuestión de una vez, le pedí a un muy prestigioso constitucionalista que escriba un artículo especialmente para Riesgo y Recompensa sobre los malos entendidos que existen sobre la relación entre la Iglesia y el Estado Argentino. Lucas Arrimada, autor del presente post invitado, es un destacado Profesor e Investigador de Derecho Constitucional en la Universidad de Buenos Aires y también Investigador Visitante en NYU (New York University). Y hace poco lanzó un blog muy interesante.

Le agradezco enormemente a Lucas por el esfuerzo de preparar esta nota. Espero que les resulte tan interesante como a mí y que sirva para brindar claridad en este aspecto central de nuestra vida cívica y ciudadana.

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Constitución y religión: Preguntas y respuestas.

 

 

En el gran campo de las imprecisas e incorrectas nociones de lo que la Constitución Nacional establece, un capítulo especial puede concentrarse sólo en las más extrañas afirmaciones que podemos encontrar sobre la relación Estado y Religión en la Carta Magna.

 

1. Afirmación: “El Presidente según la Constitución debe ser católico”.

 

FALSO. La Constitución Nacional fue reformada en 1994 y se eliminó el requisito que establecía la/el Presidente debía profesar la religión católica (apostólica romana).

 

Además, no sólo se eliminó ese requerimiento sino también el requisito que obligaba a los Pueblos Originarios a “evangelizarse”, a convertirse al culto católico. En la actualidad, los Pueblos Originarios tienen reconocida en la Constitución Nacional su libertad de creencias, su educación bilingüe y su preexistencia étnica.

 

Finalmente, la reforma constitucional de 1994 incorporó un conjunto de Tratados Internacionales de Derechos Humanos que impiden las políticas públicas diferenciales y los tratos desiguales en cualquier materia, incluso –por supuesto- la religiosa, reforzando la impronta igualitaria.

 

2. Afirmación: “La Constitución Nacional reconoce al catolicismo como religión oficial”.

 

FALSO. La Constitución Nacional no reconoce religión alguna y establece una libertad de culto (artículo 14 CN, entre otros) que hoy es complementada con la obligación del Estado de abogar por la igualdad religiosa entre los diversos cultos y creencias establecida por los Tratados de Derechos Humanos. Cabe aclarar que hay más de 2500  cultos oficialmente reconocidos por la Secretaría de Culto de la Nación (ver datos en http://www.culto.gov.ar/ ).

 

3. Afirmación: “La Constitución nacional establece en su Artículo 2 que el Estado Argentino sostiene el Culto Apostólico y Romano, por ende, este es el culto oficial”.

 

FALSO. La Doctrina Jurídica y Constitucional hace tiempo tiene un consenso por el cual se acuerda que la palabra “sostiene” se entiende como “sostenimiento económico” y nunca como la concesión de un status preferencial, ni oficial, al culto católico ni a ninguna otra religión o creencia.

 

Las obligaciones del Estado son de carácter pecuniario para con ciertos cargos de jerarquía de la Iglesia Católica. El Estado le confiere un asignación mensual mientras están en funciones (aunque también a ciertos obispos y arzobispos jubilados), según las Leyes 21950 y 21540, equivalente a un 70/80%de los salarios de Juez de primera instancia. Esto es aproximadamente entre 18.000 y 20.000 pesos.

 

Cabe aclarar que los Obispos y Arzobispos de la Religión católica son los únicos que tienen salarios y jubilaciones. La Ley excluye a los rabinos, pastores, clérigo, presbítero y cualquier otro tipo de autoridad religiosa que no sea católica. Esa exclusión es una de las prácticas que se deben modificar en el corto plazo y una cláusula que merece ser actualizada en la Constitución Nacional para cumplir con las obligaciones de igualdad.

 

4. Afirmación: “El artículo 2 de la Constitución no se puede reformar porque es un contenido pétreo y es parte de nuestra tradición nacional”.

 

FALSO. La Constitución Argentina no tiene contenidos irreformables o llamados “pétreos”. El Artículo 30 de la propia Constitución dice claramente que “se puede reforma toda y cada una de sus partes”.

 

Más allá que la sociedad argentina sea mayormente creyente y dentro de esa primer y plural mayoría («los creyentes») haya una mayoría católica (entre practicantes y no practicantes), hay también en Argentina una gran diversidad de cultos y creencias (recomiendo el estudio de Ciel-Piette-CONICET acá: http://www.culto.gov.ar/encuestareligion.pdf). El número de cultos reconocidos es el dato más gráfico de esa diversidad -y merece ser repetido-: 2500 cultos. Más allá que el catolicismo sea la religión más importante, la tradición argentina no es estática y se ha nutrido de una multiplicidad de cultos y comunidades que hoy está demostrada por estudios empíricos y por prácticas de tolerancia extendidas.

 

5. Afirmación: “Es correcto legalmente el establecimiento de símbolos religiosos en los espacios públicos (Hospitales, Escuelas, Plazas, Oficinas Públicas, etc.) producto del Artículo 2 de la Constitución Nacional”.

 

FALSO. El Artículo 2 sólo establece una obligación dineraria específica. Nada más. No le concede un status preferencial a ningún culto ni religión. La Constitución Nacional es muy clara ya en el Preámbulo cuando invita a todas las personas “del mundo que quieran habitar en el suelo argentino” con un reconocimiento explícito de la Libertad de Culto (Artículos 14 y 20) en el marco de la igualdad más amplia que exigen los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y una democracia moderna en el Siglo XXI.

 

Los símbolos religiosos en las espacios públicos no son deben ser aceptados porque implican un quiebre a la neutralidad estatal frente a las preferencias privadas de los individuos o colectivos de personas en un espacios que es de todos. En todo caso, el Estado debe permitir la expresión de las múltiples creencias de forma armoniosa y equilibrada, intentando establecer políticas de tolerancia mutua y de cohabitación pacífica, pero sin tratos preferenciales ni especiales injustificados.

 

El Estado no puede permitir que en un Registro Civil haya símbolos religiosos ante una pareja -del mismo o de diferente sexo- que está contrayendo matrimonio civil, en una sala de audiencias de un juzgado penal o que funcionarios públicos fundamenten sus decisiones con sus convicciones religiosas y privadas, usualmente desatendiendo la letra de la Constitución y de las Leyes Nacionales.

 

La instalación de símbolos religiosos, perfectamente apropiados para los espacios de las comunidades y asociaciones religiosas, no deben aceptarse en el espacio público salvo que haya una presencia equivalente de las demás creencias religiosas y no religiosas en el espacio.

 

6. Afirmación: “La Educación Pública puede ser católica por el artículo 2 ”.

 

FALSO. La Educación Pública en Argentina debe ser Laica, no religiosa, y sería inconstitucional que una Provincia o cualquier autoridad, promueva o establezca la educación religiosa obligatoria, específicamente de una religión, en el espacio tan intensamente público y necesariamente igualitario como la educación (sea pública o privada). Sin dudas, eso afectaría a igualdad religiosa de manera directa y condicionaría la libertad de cultos en el momento donde se necesita más pluralidad y autonomía para tomar decisiones.

 

Para mayor claridad cabe mencionar un caso muy conocido. Resulta evidentemente inconstitucional la Ley de Educación (Ley 7.546) de la Provincia de Salta que establece la enseñanza obligatoria de la religión católica en las escuelas públicas dictada desde el año 2008.

 

Es ilegal que una autoridad estatal promueva imponer preferencias, en este caso religiosas, a sus ciudadanos y habitantes, al postular la obligatoriedad de la educación religiosa. El Artículo 2 de la Constitución, por las razones que ya consideramos, lejos está de establecer la obligatoriedad de la educación religiosa.

 

Palabras finales:

 

El presente es un listado de afirmaciones incorrectas y de respuestas informadas sobre la relación entre el Estado y la Iglesia. La Constitución tiene un fuerte y doble compromiso con la Igualdad y con la Libertad de creencia o culto. Por todo ello, ningún trato diferencial o especial se justifica cuando estamos hablando de asuntos religiosos, cada persona puede profesar la religión de Cristo, Buda, Krishna, ser agnóstica o atea y el Estado debe estar lo más distante posible de condicionar esa decisión.

 

La obligación política y legal del Estado es promover políticas sociales, educativas y culturales para la libertad y la igualdad que permitan proyectar las condiciones para que cada persona sea lo suficientemente autónoma y su contexto lo suficientemente plural para tomar sus propias decisiones en un marco de autogobierno personal.

 

Finalmente, en Argentina uno de los desafíos colectivos es el de terminar de consagrar la plena igualdad religiosa y quitar los privilegios históricos -como el uso de fondos públicos para el sostenimiento de los más altos funcionarios y jubilados de una de las tantas religiones- que hacen que hasta hoy sea necesario aclarar estas dudas y corregir las confusiones producto de ciertos pasajes ambiguos de la Constitución Nacional.

 

Una sociedad más plural, más diversa, más tolerante y más democrática ya comenzó ese proceso de cambio y en la actualidad se encuentra a la vanguardia de las discusiones, debates y decisiones, como las del matrimonio igualitario, que han hecho a Argentina un País reconocido en sus avances por la igualdad. Queda solamente profundizar ese camino.

Ilustración: Graffitti por Banksy

154 Comentarios

  1. EVIDENTEMENTE DEJAN TRANSUKUCIR UN RSENTIMIENTO PROPIO DE LOS QUE SE ENCUENTRAN EN FALTA ANTE DIOS Y PRETENDEN ACALLAR SUS CONCIENCIAS.
    TODO EL CONTENIDO DE ESTE SITIO CARSE DE SERIEDAD

  2. Me gusta este post. Es muy tolerante, universal y para nada tendencioso y anti nada.. QUE NO EXISTA MAS RELIGION!! Y EN ESPECIAL QUE DESAPAREZCAN TODOS ESOS CATOLICOS,.. YAA!! O si no que vuelvan a las catacumbas de donde salieron!! Que vuelva el agnoticismo hitleriano, el stalinista o el chino!!! Ahi si habia igualdad!!

  3. muuy bueno! lo leo justo en un momento donde me toco recorrer gran parte de los colegios sanjuaninos, donde en todos los publicos me encontraba imagenes o estatuillas religiosas y pense.. cuanto respeto tenemos alas diversidad ? que taan tolerante se es’?? y de ahi ¿QUE ES LO QUE FESTEJAN EL 12 DE OCTUBRE?

    1. El 12 de Octubre festejamos que nuestros antepasados llegaron al territorio donde vivimos y por suerte lo conquistaron y gracias a eso estamos aqui. ¿que pensabas que se festejaba?

      1. ¿Por suerte?
        Rey de la ignorancia, llevaron a cabo el mayor genocidio de la historia de la humanidad, trajeron enfermedades y animales que causaron la desaparición de fauna y flora autóctonas.
        «Por suerte», escribe el nene…

  4. El 12 de Octubre festejamos el Respeto a la Diversidad Cultural, ante el genocidio realizado a nuestros antepasados por esos tiempos con el «supuesto de evangelizar» cuando en realidad había un interés por detrás, es un día que recuerda nuestra identidad nacional que no hay una cultura universal por el contrario cada una tiene sus pro y contras.

  5. Gente necesito una ayuda, esta claro que el art2 dice q el estado debe sostener a la religion catolica.
    Ahora alguien sabe el motivo de eso me seria realmente util la respuesta ya que por eso hoy en la facultad me bocharon hermosamente. porfavor si alguien tiene el verdadero motivo jsgvillarreal@hotmail.com

  6. El artículo segundo debiera derogarse ya, por anacrónico y afrentoso a la inteligencia de los argentinos. Parece mentira que un gobierno que se dice progresista continúe financiando a esa organización delictiva que es la ICAR
    para que siga embruteciendo a una generación tras otra.
    Me subleva pensar que una parte de mis impuestos se dedica a ese fin.
    ¡ Por una nueva ilustración, salud!

  7. Sres. quiero hacer algunas simples preguntas (solo para ver el vaso medio lleno o medio vacío) ¿Es tan malo ser religioso? ¿Somos tan mente abierta para tantas otras aberraciones y tan cerrados para las religiones? ¿nos oponemos a que los niños tengan religión en los colegios y sin embargo los mandamos a votar sin ser mayores y sin conocimientos sobre leyes y políticas? ¿queremos aprobar el aborto que es un asesinato y no escandalizamos con lo religioso? ..
    Saben una cosa creo que en el fondo lo que queremos es una sociedad donde todo valga meno lo que de alguna manera nos formatee el cerebro para el bien , ya que intrínsecamente ninguna religión de las conocidas te enseña el mal.Algunos podrán alegar las barbaridades que se cometen en nombre del dios de cada religión, pero eso es el Hombre usando su libre albedrío haciendo su experiencia y no lo que dicen las enseñanzas religiosas.

    1. José, me pareció interesante la separación que haces de las enseñanzas religiosas al uso q hace el hombre de las mismas. Vos dirías que la palabra de la biblia son enseñanzas religiosas y que está bien seguirlas?

  8. Muchas gracias amigos por el post. Es esclarecedor y una herramienta útil. Felicitaciones a Lucas Arrimada. Excelente texto.

  9. La designación de «padrinos» a un recién nacido es una tradición muy implantada en Argentina e hispanoamérica, y una vía de captación de las religiones cristianas, que tienen el «monopolio» del bautismo. Todos los que quieren ser padrinos del hijo o hija de un amigo o familiar no les queda otra que someterse a los dictados de las iglesias cristianas. ¿No sería bueno poder contar con un «padrinazgo civil» o «bautismo civil»? Una ceremonia sin ningún tipo de efecto legal (como el bautismo religioso) pero que permita evitar tener que «caer» en las manos de una religión. ¿A caso hace 150 años no era no las normal el casamiento religioso? Bueno, parece que no fui el primero al que se le ocurrió: http://www.protocolo.org/social/celebraciones/el_bautismo_civil_ceremonia_de_imposicion_de_nombre_carta_de_ciudadania.html Tendríamos que tratar de difundir la idea, en pos del laicisismo tan necesario y nuevamente en retroceso.

  10. Respero lo que expresas en la publicacion, pero no lo comparto. Creo que los feriados religiosos son parte de la libertad que nos da la Consitucion nacional y nuestros derechos.
    Creo que como tenemos libertad de culto, tambien tenemos que tener la libertad de poder profesar ese culto, esto se hace x medio de los feriados y dias festivos. Podes participar o no. Hay gente que en navidad labura igual, siendo creyentes o no.
    Y mucha gente toma estos feriados fuera de lo religioso, navidad x ejemplo como una excusa para juntarse a cenar y darse regalos, independientemente que profesen o no la religion cristiana.
    Con el tema subsidios y demas… que se yo el vaticano mantiene un concordato con el pais. Lo que supone q para quitar ese tipo de beneficios que tiene la iglesia tendriamos q romper un tratado internacional.
    Tambien creo que al tener una libertad de creencia el estado debe garantizarla, con lo cual creo q feriados, subsidios y demas son parte de garantizar esa libertad que esta expresada en la constitucion. Hay tantas cosas q se subsidian y que no son del disfrute de todos…

  11. La reforma de la Constitución Nacional debería no ser valida porque se la modifico en base a mentiras. La mas importante era oírlo a Carlos Menem afirmar hasta el cansancio «Soy Católico Apostólico Romano» o sea que subió al poder desde la mentira ya que lo primero que hiso fue reformar la Constitución Nacional y acomodarla a su conveniencia y no a la del Pueblo. Carlos Menem es musulmán aunque fue bautizado en la religión Católica y por lo tanto no tenia ningún derecho para presentarse como candidato a Presidente y mucho menos eliminar el requisito de que todo aquel que quisiera ser Presidente de la Nación Argentina debía ser Católico.

    1. Qué argumento raro…
      Esta reforma fue uno de las pocos aciertos del gobierno de Menem.
      Y esa mentira fue la más inocente de este gran mentiroso, ya que se refería a la esfera de su vida personal y privada, en la que nadie puede tener injerencia alguna.

  12. Mi respeto al constitucionalista que escribió sobre la Religión Católica y Estado y por hacerme repensar esta relación. En cuanto a la reforma de 1994 en cual se eliminó el requisito de catolicismo para el Presidente fue un hecho, que nadie podría ignorar su validez de ley escrita, solo que si pensamos en que el 24 de Marzo de 1816 cuando se inició el Congreso para declarar la Independencia los patriotas de ésta época fundacional de nuestro Estado juraron ante Dios y la religión Católica. En 1853 primero en el Preámbulo invocan a Dios y para aclarar esto, luego de pensar sobre la forma de gobierno, lo primero que los constituyentes pensaron fue en el culto y así nace el Art.2 que sostiene la Religión Católica. A mi entender sostener es mantener los vínculos de apoyo que induce al Estado a que en todos sus actos y funciones públicas y privada como sujeto de derecho, bajan iluminados por las enseñanzas cristianas. Entender «sostener en al Art 2 de la C.N.» Es como si la obligación del vínculo parental se redujese solo a pasar alimentos, cuando apenas es un recurso expresivo en lo material que contiene un fundamento de valor mucho más profundo y afectivo en lo relacional.Lo mismo pasa con sostener el culto católico. Mantener los principios de Cristo es lo principal,lo cual para ello da su apoyo el Estado en económico. Seguro que a nadie se le debe obligar a ser católico lo maravillosos es la convicción; el Estado tiene la facultad optativa para quienes deseen cursar el dictado de religión en la escuela pública, de que el Estado no pierda su compromiso evangelizador basado en la libertad, sin obligar a ningún alumno.Sostener el culto católico no genera ningún tipo de discriminación, muy por el contrario.Y cuando el Art. 14 de la C.N. se refiere a la libertad de culto lo hace en el marco de los derechos civiles, para los habitantes,es otra disposición distinta que para el Estado quien en su personalidad sostiene el culto católico y desde lo Público tal como lo consagra la C.N. El ser del Estado se constituyó bajo la idea delos patriotas que lo fundaron. Por ello cimentado en el respeto y nobleza no se debe traicionar sus ideales. No confundamos libertad de culto que es para los civiles que pueden elegir el culto que deseen; con el ser cultural ( de culto y cultivo = a religión y trabajo) del Estado Argentino que su origen es católico y preservar la historia de origen es respetar su Ser Nacional como otro carácter de su personalidad (como es la forma representativa de gobierno por ej.) Pensar en aplicar una monarquía por mas «legalidad» en cambiar la Constitución, sería envestir contra los principios de las ideas de los fundadores patriotas quienes arriesgaron y perdieron su vida por sus ideales que desearon que sea así para ellos y para toda la posteridad del Estado Argentino, lo mismo pasa con la religión católica y en eso se basan los principios pétreos y dogmáticos. En cuanto a que consagra la bienvenida a todos los habitantes del mundo a nuestra tierra,es claro el respeto a la diversidad mencionada en el Art 14, lo cual no implica se quiera cambiar la personalidad del Estado en su esencia. Es como si mi huésped quiere que yo cambie el rumbo de mi hogar o la distribución de mi casa. Agradablemente lo recibiré solo que ,toda vez que intente hacer esto,habrá que recordarle ciertos límites básicos de respeto, nobleza y gratitud hacia el anfitrión. Cordiales saludos al escritor del blog y todos los participantes. Mariela.

    1. Muchas gracias por las palabras y por el interés. Dos cosas para decir en este 25 de Mayo. Soy breve por razones obvias.

      1. ¿Un Estado evangelizador o un Estado respetuoso de la igualdad? La igualdad y la libertad de culto de la Constitución obligan a que el Estado no tenga un rol evangelizador de ningún tipo, ni con las religiones ni con las ideologías, ni con las formas de vivir.

      Todos tenemos derecho a que el Estado no intervenga en nuestras vidas de ninguna forma (Art. 19 de la CN y ss) y respete nuestra autonomía como seres humanos, como personas libres y dignas/os de respeto. Y el Estado tiene la obligación de no intervenir en nuestras vidas. Un derecho humano a que no se meta y una obligación -aplicable a terceros, corporaciones, etc- del Estado de no meterse, de no intervenir en nuestras vidas.

      2. La Constitución y sus fuentes históricas y legales. Hoy, la Constitución está acompañada de 14 tratados de Derecho Humanos (se incorporó uno recién en Diciembre de 2014).

      Todos esos textos que tienen jerarquía máxima consolidad la igualdad y libertad de culto. El Art. 2 debe interpretarse en un nuevo contexto social, cultural y legal. Ese contexto lo saca del siglo 19 y lo pone en el siglo 21.

      Todos esos textos y la idea de democracia e igualdad que están en nuestra cultura social actual, en nuestra cultural transversal, vinieron a retocar las ideas de la Constitución de 1853.

      Hoy nuestra sociedad y cultura es otra, la igualdad está en el corazón de la sociedad y por ende todo trato preferencial (discriminatorio) es contrario a nuestra práctica democrática y constitucional.

      Feliz 25 de Mayo! Viva la Patria! y salud para todxs!

      1. Absolutamente de acuerdo solo que es como si habláramos de cosas diferentes cuando en realidad se habla de lo mismo.Pienso que cuando una comunidad se integra, marca pautas de convivencia básicas de acuerdo a sus costumbres y tradiciones que son la base de la moral y el legado cultural. Creo que el Estado no debe entrometerse en lo personal, mas si debe hacerlo cuando relaciones comienzan a ser sociales o públicas a los fines de proteger y dar garantías reales de los derechos que promete a sus habitantes. Y hoy gozan numerosos tratados de derechos humanos con jerarquía constitucional y quien más defensor de los derechos humanos que el propio Jesucristo! defendió la vida, evitó la pena de muerte, planteó la igualdad como nadie. No porque se valore la tradición religiosa católica que el Estado Argentino ha adoptado, se tendría que atropellar la igualdad o los derechos humanos, nada mas lejos de eso. Me parece que tenemos la misma finalidad de bien y protección de los derechos solo que vemos modalidades diversas.Y en el latir actual de la sociedad en la mayoría de los corazones late el sentimiento humanista cristiano. Estas cuestiones tan profundas no quedan fuera de época. Porque se sostiene en Argentina como Estado desde el SXXIX y a nivel mundial mas de 2.000 años.
        Es difícil pero nada imposible tolerar que el Estado,en el que nací o vivo tenga en su origen esta identidad religiosa, que no obliga ni presiona a nadie para que lo sea, como dije antes la convicción personal es lo que cuenta, no que se obligue. Y se debe respetar al ateo en todos sus derechos y a otras religiones en su vida particular tal como lo sienta e Art 19.Y aunque convivir con católicos no simpatice mucho, solo que creo que apelar a un cambio de negación del ser estatal en su origen para mi es innecesario,el catolicismo que en nada contradice a los derechos humanos ,es más los profundiza mucho más ni tampoco ateta contra la elección de un culto determinado ni democracia. La mirada planteada para mi es como si dijera,si el estado se preocupa por la salud es invasor a la vida personal de privilegiar a un sector dando vacunas cuando a lo mejor esas personas desean estar sin salud. Tenemos que facilitar nuestra convivencia consolidando nuestras relaciones humanas con las reglas de juego originalmente planteadas, porque la transculturización puede ser peligrosa cuando atentaría con la propia identidad del Estado. Y aceptarnos como somos e intentar construir nuestra felicidad en el punto de unión con la felicidad del otro con lo cual puede perfectamente encastrarse dos piezas distintas de un rompecabezas que al final llegan a unir una imagen común, en la cual cada uno ha dado su aporte para completarla. Feliz dia de hoy.

  13. Hay que pensar que quienes redactaron, pensaron y reformaron la constitución pesaron en sostiene como una relación de Vínculos y no de sostenimiento económico… fuente de toda razón y justicia va directamente vinculado al art. 2… me parece este artículo, no mas que un intento de justificar el descontento con el papel de la Iglesia en el estado (y no con el estado), así como también con la enseñanza religiosa en las escuelas… recuerden que en el nacimiento de esta patria estuvo presente la Iglesia constantemente y que la mayoría de nuestros próceres eran, mas allá de sus descontentos o peleas con representantes de la Iglesia, devotos católicos de su tiempo y respetuosos de la Fe del pueblo… ruego a Ud. que antes de hablar consulten, a los lideres de otras religiones y confesiones cristianas para ver si existe o no descontento con que existan símbolos religiosos católicos o no en espacios públicos… y se darán cuenta que no, porque cada uno tiene muy clara su creencia y saben donde están parados… o… ¿pidanle a un judío que saque la estrella de David de su bandera o a un musulman que saque su media luna? veamos que contesta?…. toda esta movida no es mas que un intento de antiteistas (que no es lo mismo que ateos, sino que están en contra de Dios y con eso ya afirman una existencia divina) para sacara la presencia de Dios del mundo secular, promoviendo así un estado laico (que dicho sea de paso, esta palabra tambien es religiosa porque solo designa a aquellos que no llevan una vida consagrada, pero que mantienen firme su fe)

  14. Un legislador nacional provcial municipal los intendentes jueces ministros el presidente de la nacion el vicepresidente de la nacion no solo en su oficina sino tambien en lugar público tienen el derecho y pueden poner un simbolo cristiano catolico. Es lo mejor que se puede hacer. Porque no poner una cruz de Jesucristo o la imagen de la Virgen en una sesion del congreso? cual es el problema. Somos mayoria de cristianos, si hubiese mayoria de islamicos estaria un simbolo del islam, si hubiese mayoria de judios estaria un simbolo judio pero la mayoria del pueblo argentino es cristiano catolico

  15. Todo muy bonito, bien explicado, pero perdonen mí ignorancia… Si la religión católica no tiene un peso importante en el gobierno, por qué al acceder a un cargo del mismo se jura sobre la biblia???

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